Certificados de ahorro energético (CAE) | Actuaciones de eficiencia energética e instalaciones renovables
Comunidades Energéticas | Ayudas y subvenciones de fondos europeos | Consutoría energética
Certificados de ahorro energético (CAE) | Actuaciones de eficiencia energética e instalaciones renovables
Comunidades Energéticas | Ayudas y subvenciones de fondos europeos | Consutoría energética
Inicio / Ayudas EU / Comunidades de propietarios / Instalación de calderas de calefacción central
Ayudas EU
Comunidades de Propietarios
Las ayudas y subvenciones para la instalación de placas solares en la Comunidad Valenciana previstas para promover las energías renovables en esta comunidad, alcanzarán los 42 millones de euros, con el fin de ayudar a la economía de sus habitantes, fomentar la eficiencia energética y rebajar la emisión de gases contaminantes para el medioambiente.
Estas subvenciones llegan a cubrir hasta el 40% en el caso de viviendas particulares y hasta el 45% para empresas.
Esta comunidad ofrece diferente plazo para las solicitudes entre el sector residencial y el industrial, además de una diferente forma de tramitación de estas.
Los ayuntamientos de esta autonomía también ofrecen importantes bonificaciones en el IBI e ICIO que hacen aún más rentable el comenzar a consumir tu propia energía solar.
Además, cabe destacar que la Comunidad Valenciana es una de las pocas que ofrece la opción de solicitar una deducción del IRPF por la instalación de un sistema de placas solares fotovoltaicas para el autoconsumo. Según la Generalitat Valenciana, los contribuyentes pueden deducir un 20% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual.
Estas nuevas subvenciones al autoconsumo tendrán como beneficiarios a todos los sectores económicos de la sociedad.
Particulares, empresas, autónomos, administraciones públicas y empresas del tercer sector optan a estas ayudas que serán concedidas en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de entrada.
Destacamos algunos requisitos clave para la obtención de la subvención:
Si estás pensando en instalar autoconsumo en tu empresa o industria, el inicio de las obras debe ser después de que se haya registrado la solicitud en la convocatoria correspondiente (Programa 1, 2 y 3).
Si la instalación fotovoltaica es para tu vivienda, administración pública o entidad del tercer sector, la fecha de inicio de la instalación debe ser posterior al 30 de junio de 2021 (Programas 4, 5 y 6).
Hemos hecho una selección de las preguntas que más solemos recibir. Si no encuentras la respuesta que estás buscando contacta con nosotros a través del formulario de solicitud de información que encontrarás más abajo aquí mismo.
El presupuesto inicial del RD 477/2021 es de 660 millones, pero se ampliará hasta llegar a los 1.120 millones. Para saber la cuantía destinada a cada programa deberemos acceder a la convocatoria de nuestra comunidad autónoma. En cada convocatoria nos podemos encontrar criterios distintos, ya que cada región asigna dentro de unos márgenes las cantidades que cree que maximizarán los beneficios para el territorio.
Los porcentajes de las ayudas son muy variados. En los programas número uno y dos se mueven des del 15% al 45%. En el programa tres las intensidades van del 45% al 65%. Los programas cuatro, cinco y seis establecen unos módulos con los que se realiza el cálculo de la subvención en función de la potencia o capacidad instalada. En los programas cuatro y cinco estos módulos dependen de dos factores principales, la tecnología instalada y el receptor final de la ayuda. En el programa seis el módulo depende de la tecnología térmica y de la potencia instalada.
Depende, en el caso de particulares el Real Decreto especifica que solo se atenderán proyectos los cuales cualquier acción subvencionable fuera iniciada el día después de la publicación de las bases (1 de julio de 2021). En el caso de las empresas el programa de ayudas es aún más restrictivo y para resaltar su efecto incentivador pide que cualquier acción subvencionable sea iniciada el día después de la fecha de registro de la solicitud.
No estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda autonómica, estatal o europea para la misma finalidad. Por otro lado, estas ayudas sí que son compatibles con las bonificaciones del IBI.
Solamente se deberá acreditar un porcentaje mínimo de autoconsumo para las solicitudes del programa cuatro. Se deberá justificar que el consumo anual de energía del consumidor es igual o mayor que 80% de la energía anual generada por la instalación.
Mira lo que te cuentan algunos de nuestros clientes que un día decidieron contar con nosotros para gestionar las ayudas que solicitaban. ¡Benefíciate igual que han hecho ellos!
Ha sido un placer trabajar con ellos. Personal altamente cualificado e informado. Me mantuvieron informada en todo momento y me asesoraron sobre las distintas ayudas a las que podía optar.
Acudí a ellos para el asesoramiento de las ayudas de instalación de aerotérmia y suelo radiante en mi casa, y me han gestionado toda la tramitación y he estado asesorado en todo momento. Ya me han concedido la ayuda, sólo queda que empiecen la obra. 100% recomendable.
Si necesitas más información sobre las ayudas para este sector ponte en contacto con nosotros rellenando este formulario y estaremos encantados de atenderte. Gracias.
Desde Vimart G&T queremos convertirnos en tus asesor, consultor y colaborador en la eficiencia energética
Sé el primero en enterarte de todas nuestras novedades
Copyright © 2022 Vimart G&T | Diseñado por StudioWebMedia