CONDICIONES PARTICULARES DE INSTALACIONES
(Aerotermia, sistemas térmicos, instalaciones fotovoltaicas y cargadores de vehículo eléctrico)
1. OBJETO
Las presentes condiciones particulares regulan la contratación y ejecución de instalaciones realizadas por Vimart G&T, en adelante “el Instalador”. Estas condiciones aplican a instalaciones de bomba de calor, aerotermia, estufas o hidroestufas de pellets, sistemas fotovoltaicos de autoconsumo, almacenamiento energético (baterías) y cargadores de vehículo eléctrico.
2. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
El servicio de instalación incluirá, salvo acuerdo expreso en contrario:
- Suministro y montaje de los equipos contratados.
- Conexión eléctrica e hidráulica (en el caso de aerotermia) y conexionado general de equipos.
- Instalación de líneas frigoríficas hasta 5 metros (en presupuestos básicos sin visita técnica).
- Pruebas de carga y puesta en funcionamiento.
- Puesta en marcha oficial por servicio técnico autorizado del fabricante, cuando sea requisito para validar la garantía.
- Explicación básica al cliente sobre uso y mantenimiento del sistema.
Quedan expresamente excluidos, salvo pacto expreso en el presupuesto:
- Gestión de permisos administrativos o solicitud de licencias de obra.
- Tramitación de bonificaciones de impuestos (IBI, ICIO, IRPF u otros).
- Acometida eléctrica hasta el cuadro general de protección.
- Realización de desagües externos o adicionales.
- Medios de elevación auxiliares (camiones cesta, grúas, etc.).
- Trabajos de albañilería o acabados (rozado, falsos techos, pintura, etc.).
- Legalización de instalaciones (registros en Industria, memoria frigorista, tasas EICI, certificados eléctricos, boletines BT, etc.), salvo que se contraten expresamente.
- Certificación energética de edificios: no está incluida.
El alcance definitivo se determinará tras visita técnica. Cualquier presupuesto sin visita será estimativo y limitado a las condiciones estándar descritas.
3. OBLIGACIONES DEL INSTALADOR
El Instalador se compromete a:
- Ejecutar la instalación conforme a la normativa vigente (RITE, REBT, RD 244/2019 de autoconsumo y demás normativas aplicables).
- Utilizar equipos y materiales homologados.
- Cumplir con los plazos de ejecución pactados, salvo fuerza mayor.
- Garantizar la correcta ejecución de la instalación durante 24 meses.
- Realizar la instalación con personal técnico titulado.
- Entregar al cliente la documentación técnica del equipo y garantías de fabricante.
4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
El Cliente se compromete a:
- Facilitar el acceso al lugar de instalación en las fechas acordadas.
- Asegurar la disponibilidad de suministros básicos (electricidad, agua, espacio libre).
- Informar de cualquier limitación estructural o técnica que pueda afectar a la instalación.
- Abonar el importe pactado en los plazos establecidos.
- Solicitar y aportar, en su caso, los permisos, licencias y autorizaciones administrativas o de comunidad de propietarios necesarios para la ejecución de los trabajos.
- Disponer de instalación eléctrica adecuada y con potencia contratada suficiente.
- Registrar la instalación en los organismos competentes cuando la legislación lo exija (ej. autoconsumo).
5. PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio de la instalación será determinado en la oferta comercial.
Forma de pago general:
- 60 % a la formalización del pedido.
- 35 % al inicio de la instalación.
- 5 % a la puesta en marcha de instalación.
Los trabajos adicionales no previstos se presupuestarán aparte y requerirán aprobación del cliente.
6. PLAZOS DE EJECUCIÓN
- Ejecución estimada: de 1 a 4 días para instalaciones domésticas.
- Este plazo no incluye obras adicionales (falsos techos, canalizaciones, refuerzos estructurales).
- El plazo final se confirmará tras la visita técnica y aceptación del presupuesto.
7. GARANTÍAS
7.1 Garantía de instalación
- Vimart G&T garantiza la instalación por 24 meses desde la puesta en servicio, limitada a trabajos de instalación y conexión ejecutados por sus técnicos.
- No incluye reparaciones de instalaciones preexistentes o defectuosas ajenas al alcance del contrato.
7.2 Garantía de equipos (según fabricante)
- Aerotermia / bomba de calor: 3 años estándar. Posibilidad de ampliación a 5 años con contrato de mantenimiento oficial.
- Paneles solares: 20 años de garantía de producto y 25–30 años de rendimiento lineal (según fabricante).
- Inversores: 10 años.
- Baterías de litio: 10 años.
- Cargadores de vehículo eléctrico: 3–5 años (según fabricante).
7.3 Exclusiones de garantía
- Averías por mal uso, negligencia o mantenimiento insuficiente.
- Daños por causas externas (fenómenos meteorológicos, incendios, vandalismo, subidas de tensión).
- Fallos derivados de instalaciones eléctricas, hidráulicas o estructurales preexistentes.
- Intervenciones realizadas por terceros no autorizados.
7.4 Tramitación
- Para incidencias, el cliente deberá contactar con el servicio técnico del fabricante o con el instalador, según el caso.
- Será necesario aportar factura, contrato o documentación de puesta en marcha.
8. RESPONSABILIDAD
El Instalador no responderá por daños indirectos, lucro cesante, pérdidas de negocio o defectos derivados de instalaciones preexistentes no ejecutadas por él.
9. VICIOS OCULTOS
El Instalador no será responsable por defectos ocultos en instalaciones antiguas. Si se detectan, se informará al cliente para presupuestar su reparación.
10. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Las presentes condiciones se rigen por la legislación española vigente:
- Real Decreto Legislativo 1/2007 (Defensa de Consumidores y Usuarios).
- Real Decreto 244/2019 (Autoconsumo).
- RITE y REBT.
Las partes se someten a los tribunales españoles competentes.
11. CANCELACIÓN, DESISTIMIENTO Y DEVOLUCIONES
- El cliente podrá ejercer el derecho de desistimiento en 14 días naturales desde la firma, salvo que el servicio se haya ejecutado con su consentimiento expreso durante ese plazo (art. 103 Ley 3/2014).
- Si el cliente desiste tras iniciado el servicio, deberá abonar la parte proporcional ejecutada.
- No se admiten devoluciones de equipos ya instalados salvo defecto de fabricación.
- En devoluciones de equipos no instalados, el cliente asumirá los costes de transporte y gestión que marque el fabricante/proveedor.
12. MANTENIMIENTO
- El mantenimiento no está incluido en la instalación.
- Se recomienda contratarlo al finalizar la garantía de equipos para mantener las coberturas ampliadas de fabricante.
13. ACEPTACIÓN
La firma física o digital del pedido implica la aceptación expresa de estas condiciones.
ANEXO DERECHO DE DESESTIMIENTO
Según la legislación española ( Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios) , el consumidor dispone de un plazo de 14 días naturales para ejercer el derecho de desistimiento sin necesidad de justificación. Este periodo se cuenta desde la recepción del bien o desde la celebración del contrato si el objeto es la prestación de servicios.
Es importante destacar que existen excepciones al derecho de desistimiento. Por ejemplo, en contratos de servicios, si el servicio se ha ejecutado completamente con el consentimiento expreso del consumidor y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento, no será aplicable este derecho.
Además, si el empresario no ha proporcionado al consumidor la información sobre el derecho de desistimiento, el periodo para ejercer este derecho se amplía hasta 12 meses adicionales después de la expiración del periodo de desistimiento inicial.
Por lo tanto, en el contexto de las instalaciones, si el servicio se ha completado con el consentimiento del cliente dentro del periodo de desistimiento, este derecho podría no ser aplicable.